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BCI tendrá que devolver más de $7.200 millones a clientes por cobros indebidos

Más de 10 mil personas fueron afectadas debido a esta situación. A juicio del Sernac, esta situación no se ajusta a lo que establece la Ley del Consumidor.

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  • Diario Usach

  • Miércoles 21 de diciembre de 2022 - 15:51

El banco BCI tendrá que devolver más de $7.200 millones a más de 10 mil clientes por cobros indebidos, según informó este miércoles el Servicio Nacional del Consumidor (Sernac), luego que se adoptada dicha medida tras un Procedimiento Voluntario Colectivo (PVC).

El acuerdo, que ya fue aprobado por la justicia, implica que 10.350 consumidores que fueron perjudicados por estos cobros indebidos, entre el 1 de julio de 2020 y el día en que comience la etapa de implementación del referido acuerdo (18 de enero de 2023), recibirán una devolución de su dinero que en promedio llega a $620 mil, lo que incluye intereses y reajustes. Esto implica un desembolso para la entidad financiera de $7.286.788.806.

Esta gestión se inició luego de que el Sernac detectara, a través de una investigación, que BCI, BICE y Banco de Chile incluían en sus contratos una cláusula donde fijaban anticipadamente el monto de los “honorarios judiciales” y el deber del consumidor de pagarlos con ocasión de la cobranza judicial de los créditos y la celebración de los acuerdos extrajudiciales que les ponían término.

En BCI estos “honorarios” correspondían a un 15% del monto demandado, mientras que en Banco de Chile era entre 10% y 15% del total demandado, más gastos y/o costas judiciales. En el caso del Banco BICE, era el 10% de lo demandado, más los gastos y costas judiciales.

A juicio del Sernac, la inclusión de estas cláusulas y la aplicación de estos cobros no se ajustaban a lo que establece la Ley del Consumidor y atentaban en contra la buena fe, ya que no obedecen a parámetros objetivos y producían desequilibrio y perjuicio de los consumidores.

Cuando se trata de cobranzas judiciales, los montos por concepto “honorarios judiciales” que deben pagar los consumidores a las empresas y que se pueden fijar una vez que concluye el juicio, deben ser establecidos por el juez y no arbitrariamente por las entidades financieras.

En el caso de la cobranza extrajudicial, la norma establece que las empresas solo pueden cobrar la suma de dinero representativas del costo que ocasione las gestiones efectivamente realizadas, las que, en ningún caso, podrán exceder la escala progresiva de los porcentajes que establece el artículo 37 de la Ley del Consumidor.

El acuerdo, además, implica que la empresa deberá compensar por el costo del reclamo a todos los consumidores que acudieron al Sernac por este tema, entre el 1 de julio de 2020 y hasta el 28 de septiembre de este año, ambas fechas inclusive.

BCI se comprometió a modificar su conducta y no aplicar a futuro este tipo de cobros ilegales a través de la modificación del contrato de adhesión y anexos respectivos, e informando estos ajustes a los consumidores con contratos vigentes.

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